Ayudas para la Accesibilidad 2024-2025

 

¿Para que sirven estas ayudas?

La ayuda a la mejora de la accesibilidad tiene como objetivo principal garantizar la autonomía y calidad de vida de las personas con movilidad reducida, especialmente aquellas mayores de 80 años o con discapacidad. Estas subvenciones buscan eliminar barreras arquitectónicas y adaptar los espacios para facilitar la vida independiente.

¿Cuales son las actuaciones subvencionables?

 

-Instalación de ascensores:

Ascensores nuevos en edificios que no disponen de ellos.

Incorporación de ascensores que conecten todas las plantas, incluidas las de sótano y ático.

-Renovación de ascensores:

Sustitución de ascensores antiguos por otros más accesibles y seguros.

Ampliación del hueco del ascensor, adaptación de cabina, automatización de puertas, etc.

-Salvaescaleras, plataformas elevadoras o rampas:

Instalación de sistemas mecánicos que permitan salvar desniveles.

Construcción de rampas que mejoren el acceso desde la vía pública o zonas comunes.

-Automatismos y domótica:

Automatización de puertas de acceso (portales, viviendas, etc.).

Sistemas de apertura a distancia mediante tarjetas, teléfonos móviles o mandos.

-Señalización y comunicación accesible:

Sistemas visuales y sonoros de aviso (para personas con discapacidad sensorial).

Dispositivos de intercomunicación accesibles.

-Adaptación de elementos comunes:

Anchura de pasillos, eliminación de escalones, mejora del pavimento antideslizante, etc.

Requisitos para las comunidades de propietarios:

  1. Fecha de construcción del edificio. El edificio debe haberse construido antes del 2006.
  2. Uso mayoritario residencial. Al menos el 70% de la superficie construida sobre rasante (excluidos locales comerciales) debe estar destinada a uso residencial de vivienda habitual.
  3. Domicilio habitual. Al menos el 50% de las viviendas del edificio deben estar ocupadas como domicilio habitual y permanente por sus propietarios, inquilinos o usufructuarios en el momento de solicitar la ayuda.
  4. Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV). El edificio debe contar con un informe técnico obligatorio, que evalúe el estado de conservación, accesibilidad y eficiencia energética del inmueble. Este informe debe estar elaborado por un técnico competente y registrado oficialmente.
  5. Actuaciones subvencionables. Las obras deben estar directamente relacionadas con la mejora de la accesibilidad universal (ascensores, rampas, plataformas, automatización, etc.).
  6. No se subvencionan obras no vinculadas a barreras arquitectónicas.
  7. Acuerdo comunitario. La comunidad debe haber aprobado en junta de propietarios la realización de las obras y la solicitud de ayudas, conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Cuando puedo solicitar la ayuda?

se convocan anualmente en el marco del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Cada año, se publica una nueva convocatoria con plazos específicos para la presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes está abierto hasta el 17 de febrero de 2025. Las solicitudes deben presentarse de forma telemática a través del portal oficial de la Generalitat Valenciana.

CUANTÍAS DE LA AYUDA:

El importe máximo subvencionable puede variar según la actuación y el grado de discapacidad. Algunas ayudas pueden cubrir hasta el 80% del coste, o más si hay personas con mayor grado de dependencia. Estas actuaciones pueden ser compatibles con otras ayudas de rehabilitación, siempre que no se subvencione dos veces la misma obra.

 

Número DOGV 9969 - FECHA 30-10-2024 - Tabla cuantías ayuda

Incremento por personas con movilidad reducida o mayores de 80 años

Si en el edificio reside alguna persona con movilidad reducida acreditada por la Generalitat Valenciana o mayor de 80 años, cada uno de los porcentajes de subvención se incrementará en 20 puntos porcentuales, alcanzando hasta el 80% del coste de la actuación.

 

Para obtener más detalles sobre las bases reguladoras y la convocatoria específica de las ayudas, puedes consultar el portal oficial de la Generalitat Valenciana: https://habitatge.gva.es/es/web/arquitectura/ajudes